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Consejos CPP
A continuación detallamos unos breves consejos que pueden ayudarnos a evitar que un problema derive en un conflicto legal complicado:
- Ante cualquier controversia o disconformidad con una compra que realices, puedes dejar constancia a través de la hoja de reclamaciones. Es la forma más rápida, económica y eficaz de manifestar nuestra queja, sin perjudicar ninguno de nuestros derechos. Después, podremos valorar si es conveniente tramitar dicha reclamación o emplear otro recurso legal.
- Es recomendable leer detenidamente las condiciones y letra pequeña siempre que vayamos a firmar un contrato, sea del tipo que sea, así como transmitir nuestra disconformidad o dudas sobre cualquier cuestión incluida en dicho contrato antes de firmar.
- Al adquirir una vivienda, tanto si es sobre planos como si ya está construida, el vendedor debe tener y poner a disposición de los compradores, tal y como obliga la ley, la siguiente documentación referente a sus características: nombre, domicilio, datos de inscripción en el Registro Mercantil, plano general de la situación de la vivienda y plano de la propia vivienda, documento detallado de las redes de suministro, descripción de la vivienda (superficie útil de la misma y del edificio, así como de las zonas comunes).
- Si hemos alquilado nuestra vivienda y queremos evitar posibles conflictos con el inquilino, es fundamental que un contrato de arrendamiento refleje por ambas partes datos fundamentales a la hora de realizar reclamaciones futuras como el periodo o duración del arrendamiento, gastos incluidos en el alquiler (comunidad, agua…), fechas de pago y medio de pago, estado de la vivienda antes de su arrendamiento…
- En caso de despido debe saber que éste puede ser de varias clases:
Procedente: Acredita un incumplimiento alegado por el empresario. En este caso, el trabajador no tiene derecho a una indemnización, ni a que se le paguen salarios de tramitación.
Nulo: Cuando se incurre en alguna de las causas de discriminación previstas en la Constitución o en la Ley, o en la violación de los derechos fundamentales y las libertades públicas del trabajador, como la conculcación de la libertad de expresión o sindical, religiosa, maternidad, el trabajador, etc. En los casos de despido nulo, el trabajador tiene derecho a ser readmitido en la empresa y a que se le paguen los salarios que ha dejado de percibir.
Improcedente: Cuando no es procedente ni nulo. En este caso, la empresa puede optar por readmitir al trabajador, pagándole los salarios de tramitación, o bien por despedirle pagándole una indemnización de 45 días por año trabajado, con el límite de 42 mensualidades, y los salarios de tramitación también.
